miércoles, 14 de julio de 2021

NEGOCIO ELECTRÓNICOS-REQUISITOS-CYBERNOTORIO

REQUISITOS EJERCER UN COMERCIO ELECTRÓNICO (ECOMMERCE) EN PANAMÁ

Entre los requisitos básicos que debe cumplir quien desee ejercer comercio electrónico en Panamá tenemos: inscripción de Registro Público en caso de ser persona jurídica; obtención del Aviso de Operación sin importar que tipo de persona es; y colocación en su sitio web, en un lugar de fácil acceso para los usuarios, la siguiente información:

a.  Datos de contacto de la empresa:

·        Nombre comercial de la empresa

·        Dirección física de la oficina principal o residencia habitual

·        Nombre del dominio(s) del sitio web (URL)

·        Dirección física de la oficina principal o residencia habitual

·        Correos electrónicos de contacto para los usuarios/clientes del sitio web

Por otro lado, quien esté interesado en esta modalidad comercial y quien la utilice, debe tomar en cuenta que los prestadores de servicios comerciales a través de Internet, sin excepción, se encuentran sujetos a la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en la legislación de la República de Panamá, siempre que se cumpla el criterio de territorialidad mencionado en el párrafo anterior.



Cybernotario

Otra de las soluciones que se han buscado para lograr la autenticación es la que se ha creado en EUA con respecto al cyber notario.

El Proyecto CyberNotario propone rectificar la ausencia de seguridad en las transacciones originadas en los Estados Unidos, así como las que se realicen electrónicamente, a través de la creación de una Oficina 'cuasi pública', conocida como CyberNotario, cuyo rol será el de combinar experiencia legal y técnica en una sola especialización, y cuyos miembros ejercerán dos funciones distintas pero complementarias.

La primera de estas funciones, que caracterizará el rol tradicional del Cybernotario, será similar a la desarrollada actualmente por un notario. Según los mismos especialistas, la función notarial tradicional propuesta permitirá que los actos pasados por ante el Cybernotario tengan pleno reconocimiento y efectos fuera de los Estados Unidos. Debido a que dicho profesional será un abogado del common law cuyas funciones se asemejarán a las de un notario de un país basado en el civil law, constituirá un puente entre dos tradiciones legales, asegurando que las transacciones en las que intervenga reunirán los requisitos de procedimiento y formalidades requeridas tanto por jurisdicciones basadas en el derecho civil y común.

La segunda y más importante función del Cybernotario, surgirá de su capacidad de certificación y autenticación electrónicas. El profesional poseerá un alto nivel de especialización en seguridad dentro de la tecnología de la información que le permita certificar y autenticar electrónicamente todos los elementos de una transacción comercial electrónica, indispensables para su aceptación por el derecho de los Estados Unidos y de los demás países. Mediante la utilización de la firma digital, el Cybernotario podrá certificar la identidad del emisor de un mensaje (lo que implica la imposibilidad de repudiar el mensaje), dar un alto nivel de seguridad en cuanto al contenido del mismo, fechar la 'notarización' (fecha y hora de su intervención), y su protocolización con fines de archivo. Estas funciones son cruciales para el éxito de comercio electrónico en redes abiertas (medios no seguros), donde la identidad y capacidad para la realización de un acto no pueden ser determinadas por las formas tradicionales, y pueden ser aplicadas a cualquier transacción que requiera la intervención de una 'tercera parte imparcial' (trusted third party). Como un oficial de seguridad en el comercio electrónico que combina experiencia técnica y legal, el Cybernotario tendrá competencia para intervenir en transacciones dentro de una escala muy amplia, que requerirá distintos tipos de seguridad según la clase de transacción de que se trate.

Por ejemplo, el cyber notario deberá realizar una investigación de los usuarios que deseen registrar sus claves públicas para su utilización en el comercio electrónico. Dado que la política y procedimientos para el registro serán establecidos por la autoridad certificadora, los pasos a seguir por el Cybernotario para registrar al usuario variarán de acuerdo al grado de certificación que dicha autoridad desee proveer. Para una certificación de bajo valor, se podrá requerir al Cybernotario para establecer la identidad del usuario y asignarla a la llave pública. Para certificaciones de alto valor, el Cybernotario puede ser requerido para realizar una exhaustiva investigación sobre el usuario, incluyendo su historia crediticia, criminal, etc., antes de que la clave pública sea emitida y certificada. En este sentido el Cybernotario funciona como una compuerta de seguridad para los usuarios de la autopista del comercio electrónico.

Además, el cyber notario deberá intervenir en las transacciones de derecho comercial internacional. El Cybernotario proveerá certificación y autenticación, independientemente del proceso de acreditación al que las partes hayan debido someterse para obtener sus claves públicas. La tarea principal consistirá es determinar la capacidad del usuario para realizar la transacción de que se trate, así como la verificación de todos los aspectos legales relacionados con la transacción en sí misma. Esto determinará que la transacción cumpla con los requisitos de fondo y forma de la jurisdicción que le corresponda.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

FUNDAMENTOS DEL NEGOCIO ELECTRÓNICO Y COMERCIO ELECTRÓNICO-ELEMENTOS

Elementos fundamentales del comercio electrónico Se pueden diferenciar al menos tres componentes fundamentales del concepto de Comercio El...